La declaración de operaciones con terceros se presenta en febrero, pero los problemas se generan durante todo el año. Cómo anticiparlos.
Una declaración que no cuesta dinero pero da disgustos
El modelo 347 no se paga: es informativo. Se declara con qué clientes y proveedores se han superado los 3.005,06 € en el año, y la AEAT cruza esa información con la que declara la otra parte.
Ahí está el problema. Si usted declara 12.000 € con un proveedor y ese proveedor declara 9.500 € con usted, el sistema detecta la discrepancia y pide explicaciones. No es una infracción en sí, pero sí una carta que hay que contestar.
Qué se declara exactamente
Operaciones con terceros que en conjunto superen los 3.005,06 € durante el año natural, IVA incluido. Se cuenta el total anual con cada persona o entidad, no factura a factura.
Se declara por trimestres dentro del mismo modelo, lo que obliga a tener bien fechadas las operaciones a lo largo del año.
Quedan fuera, entre otras, las operaciones que ya se informan en otros modelos: las intracomunitarias (que van al 349), las sujetas a retención (que van a sus modelos correspondientes) y las importaciones y exportaciones.
Por qué revisar en octubre y no en febrero
El plazo de presentación es febrero, referido al año anterior. Para entonces el ejercicio está cerrado y lo único que se puede hacer es declarar lo que hay.
En octubre, en cambio, todavía queda ejercicio por delante. Si detecta que un proveedor va a rozar el umbral, o que hay facturas mal imputadas, hay margen para revisarlo con calma y contrastar con la otra parte.
La revisión útil es sencilla: sacar la lista de clientes y proveedores ordenada por importe acumulado, y mirar quién está por encima de 3.005,06 € y quién anda cerca.
Las discrepancias más comunes
Diferencias de criterio temporal. Usted imputa una factura a diciembre y su proveedor a enero. Los importes anuales no coinciden aunque ambos hayan hecho las cosas bien.
Facturas rectificativas. Si una de las partes la aplica y la otra no, o la aplican en trimestres distintos, aparece la discrepancia.
Anticipos. Se declaran cuando se cobran o pagan, no cuando se entrega el bien o servicio. Es una de las causas habituales de descuadre.
NIF mal identificado. Un dígito cambiado y la operación se atribuye a otra persona, o a nadie.
Operaciones que no había que declarar. Incluir intracomunitarias en el 347 duplica la información y genera aviso.
Una rutina que ahorra trabajo
Dos revisiones al año bastan: una en julio y otra en octubre. En cada una, sacar la lista de acumulados por tercero, mirar quién supera el umbral y comprobar que los NIF están completos y bien.
Si algún importe llama la atención, es mucho más barato aclararlo con una llamada en octubre que con un escrito a la AEAT en marzo.
Consultarlo cuando quiera
Con Qbaloo puede pedir el acumulado por cliente o proveedor en cualquier momento del año y ver quién se acerca al umbral, sin montar el informe. Conecte su Odoo y pruébelo.
Artículo divulgativo. Las obligaciones concretas dependen de la actividad y el régimen fiscal de cada empresa; consulte con su asesoría.
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